domingo, 27 de enero de 2013
Reparten entre policías federales cartilla de derechos de los detenidos
MÉXICO, D.F. (proceso.com.mx).- Elementos de la Policía Federal (PF) comenzaron a recibir desde este domingo la cartilla de derechos que asisten a las personas en detención.
La corporación dio a conocer que el documento es distribuido entre 37 mil agentes en el país, que deberán portarla durante los operativos.
La tarjeta forma parte de una serie de disposiciones normativas orientadas a evitar que la conducta de las autoridades dé lugar a actos de arbitrariedad que lastimen a la sociedad y de acciones que puedan derivar en impunidad e injusticia.
Eduardo Sánchez Hernández, subsecretario de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación, detalló que dicha cartilla será entregada a todos los elementos de las policías Federal y Ministerial, así como a los efectivos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Marina-Armada de México, para que hagan saber sus derechos a los detenidos al momento de su detención o captura.
Las nuevas disposiciones legales surgen coincidentemente después del caso de la francesa Florence Cassez, quien tuvo que ser liberada al comprobarse que las autoridades policiacas –en este caso la desaparecida AFI que dirigía Genaro García Luna, a la postre titular de la SSP–, incurrieron en una serie de irregularidades en el debido proceso, como el montaje televisivo de su captura y la tardía puesta a disposición de la autoridad judicial.
El propósito de esta revisión –dijo Sánchez Hernández– es identificar aquellos vicios que pudieran constituir un obstáculo para la procuración y administración de justicia, así como para la protección de los derechos humanos.
En dicha cartilla, la autoridad debe informar al detenido el motivo de su detención; que es considerado (a) inocente hasta que se le demuestre lo contrario; que tiene derecho a declarar o guardar silencio; que en caso de declarar puede no inculparse; que tiene derecho a un defensor de su elección; que puede contar con un traductor o intérprete; que tiene derecho a avisar a un familiar de su situación y el lugar de custodia en el que se halle en cada momento; que tiene derecho a ser puesto(a), sin demora, a disposición de la autoridad competente, y que en caso de ser extranjero, puede dar parte al consulado de su país.
Fuente Proceso
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