viernes, 3 de mayo de 2013

Publican reformas a la Ley General de Víctimas



MÉXICO, D.F. (apro).- La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó hoy las reformas a la Ley General de Víctimas que entrará en vigor este sábado 4 de mayo y en el cual se establece que el Congreso de la Unión, las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal contarán a partir de entonces con un año de gracia para adecuar sus leyes en la materia.
La nueva legislación contiene el registro nacional de víctimas de delitos, prevé la reparación integral del daño, con pago de indemnizaciones, y considera la figura de víctimas potenciales.
Dicho precepto legal fue modificado en sus artículos 1 al 180 y se derogaron del 181 al 189. También se realizaron cambios al Código de Procedimientos Penales  a fin de crear el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral para las víctimas del crimen organizado.

La finalidad de la Ley General de Víctimas, de acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) es:
“Reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral, debida diligencia y todos los demás derechos consagrados en ella, en la Constitución, en los tratados internacionales y demás instrumentos de derecho humanos”.
Asimismo, establece el derecho de acceso a la justicia y los derechos de las víctimas en el proceso penal; se define “el derecho a la verdad”; “el derecho a la reparación integral” y medidas de ayuda inmediata, en materia de protección y de asistencia jurídica.
Respecto de las medidas de “reparación integral”, la ley señala que las víctimas tendrán derecho a la restitución de sus derechos conculcados, así como de sus bienes y propiedades.
Además prevé métodos  de rehabilitación, medidas de compensación, satisfacción y de “no repetición”.
La ley considera la existencia de un Sistema Nacional de Atención a Víctimas, mismo que contará con una Comisión Ejecutiva Federal, y extiende la protección a los defensores, a través de la figura de “víctimas potenciales”.
Ésta aplicará cuando los derechos de los defensores, a la vida y a la libertad, se vean amenazados
El decreto, publicado hoy incluye también cambios al primer párrafo del Artículo 182-R, Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de que una parte de los recursos decomisados sean canalizados al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral para la compensación de las víctimas.
Dicho fondo se conformará con recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y con los provenientes de la venta de bienes decomisados en procesos penales o de fianzas, multas, sanciones y donaciones, entre otros.
Una vez que se cubra la compensación o en los casos en que ésta no sea procedente, los recursos restantes o su totalidad se entregarán el partes iguales al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Salud y al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Fuente Proceso

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Puedes dejar tus comentarios en cualquier momento, solo trata de poner buenos argumentos y sobre todo trata de evitar el uso de palabras altisonantes, este blog es de ustedes.
Saludos.