miércoles, 26 de diciembre de 2012

Opta ALDF por bajar pena al delito de ataque a paz pública



Las sanciones serán de dos a siete años de prisión, así como la suspensión de derechos políticos hasta por 10. Con 48 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, asambleístas consideraron inviable eliminar la norma.

Rocío González y Raúl Llanos

México, DF. Con 48 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, el pleno de la Asamblea Legislativa consideró inviable la derogación del artículo 362 del Código Penal del DF y en su lugar optó por bajar la penalidad al delito de ataques a la paz pública.
Al reiniciarse los trabajos legislativos y sin mayor debate, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, Antonio Padierna, leyó el dictamen acordado, en el que se establece que se impondrán penas de dos a siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años a los que mediante la utilización de sustancias tóxicas por incendio, inundación o violencia realicen actos en contra de las personas, bienes, servicios públicos o privados que perturben la paz pública.
Acto seguido se procedió a la votación, en la que los diputados del PRI y del PAN, Fernando Espino y Edgar Borja, respectivamente, votaron en contra, mientras que otros cuatro priístas y un panista se abstuvieron.

Fuente La Jornada

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