Juzgó que el Ejecutivo federal no era patrón de LyFC, por lo que la relación laboral quedó extinguida.
Jesús Aranda
México, DF. La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación negó el amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas, al
considerar que el Ejecutivo federal no era patrón del organismo
descentralizado Luz y Fuerza del Centro, por lo que la relación laboral con los
trabajadores quedó extinguida.
Por
unanimidad, los ministros avalaron el proyecto de Luis María
Aguilar, quien le negó el amparo al SME y con ello, la posibilidad
de que la Comisión Federal de Electricidad se convierta en patrón
sustituto.
Los
ministros señalaron en sus intervenciones que los trabajadores
mantienen sin cambio a recibir la indemnización correspondiente que
establece la Ley Federal del Trabajo y el contrato colectivo vigente
al momento de la liquidación de Compañía de Luz en octubre de
2009.
La
resolución consideró que el Presidente de la República no es el
patrón de los trabajadores de los organismos descentralizados,
porque éstos no están subordinados directamente al Ejecutivo
federal, además de que estas empresas tienen patrimonio y
personalidades propios.
Con
esta premisa, los ministros resolvieron que la extinción de Luz y
Fuerza fue "una causa mayor", ya que la paraestatal tuvo
que acatar una orden externa.
De
manera que, sostuvieron, al actualizarse dicha premisa fue legal la
disposición presidencial de designar al Servicio de Administración
y Enajenación de Bienes (SAE) como organismo encargado de la
liquidación laboral de los trabajadores.
Fuente La Jornada
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