martes, 9 de julio de 2013

Ordena el Ifai informar sobre permiso otorgado a empresa de apuestas



MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) ordenó a la Secretaría de Gobernación, entregar a un particular el soporte documental completo de los permisos otorgados a la empresa Entretenimiento de México SA de CV, que opera desde 2005 centros de apuestas juegos y sorteos.
El solicitante pidió conocer todos los acuerdos, oficios y permisos concedidos a la empresa del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2012, así como todos los escritos que presentó esta empresa, del 1 de julio al 31 de diciembre del mismo año.
Específicamente solicitó la información relacionada con la división, separación, escisión o cambio de modalidades del permiso otorgado a la empresa de apuestas.

Al atender la solicitud, la Segob respondió que la información estaba reservada por un año y advirtió que, de revelarla, se podrían afectar estrategias procesales de defensa en un juicio de amparo promovido –número 1115/2012—, se afectaría el trámite y resolución del mismo y por ende el principio de igualdad de las partes.
El particular se inconformó y presentó un recurso de revisión en el que argumentó que la información solicitada está relacionada con permisos para operar centros de apuestas, juegos y sorteos, y es independiente del estado procesal del juicio de amparo.
El caso fue turnado a la comisionada María Elena Pérez-Jaén. La Segob reiteró su respuesta inicial en todos sus términos por lo que la comisionada convocó a funcionarios de la dependencia a una audiencia para allegarse de más información.
Durante esa reunión, la Segob indicó que en el año 2005 se otorgó un permiso para la instalación, apertura y operación de un hipódromo y galgódromo, centros de apuestas remotas y salas de sorteos a la empresa “Entretenimiento de México” con el número DGAJS/SCEVF/P-06/2005, y que de ese permiso “original”, derivaron dos permisos más, otorgados a las empresas “Producciones Móviles SA DE C V” –número DGAJS/SCEVF/P-06/2005-BIS– y “Exciting Games S DE RL DE C V”, número DGAJ/SCEVF/P-06/2005-TER.
La dependencia explicó que el juicio de amparo se inició, precisamente, en contra de los actos de autoridad a través de los que se otorgaron los permisos a esas dos empresas.
En un alcance de alegatos, la Segob reiteró la reserva y añadió otra clasificación con el argumento de que entregar la información causaría, además, “un serio perjuicio a las actividades de verificación de cumplimiento de leyes”, ya que la Dirección General de Juegos y Sorteos interviene en las diversas etapas de los procesos judiciales, administrativos o arbitrales en la materia, mientras las resoluciones no causen estado.
Asimismo, indicó que continuaba con la búsqueda de la totalidad de los escritos presentados por la empresa “Entretenimiento de México”.
En una segunda audiencia la Segob mostro a la comisionada todos los oficios que obraban en sus archivos, dirigidos al representante legal de “Entretenimiento de México”, entre ellos uno en el que se le da aviso de apertura e inicio de operaciones de centros de apuestas.
Al realizar el análisis jurídico del caso Pérez-Jaén, determinó que los oficios y escritos clasificados por la Segob no revelan “acciones y/o decisiones” que serán implementadas en el juicio de amparo sino actuaciones relacionadas con el permiso otorgado a la empresa para operar 50 centros de apuestas remotas, 50 salas de sorteos de números, 14 centros de apuestas remotas y 14 salas de sorteos de números, con una vigencia de 25 años.
Además señaló que la totalidad de la información clasificada ya es del conocimiento del promovente del juicio de amparo.
La comisionada planteó que la publicidad de la información permitiría conocer la actuación de la Segob, en el permiso otorgado a la empresa para operar los centros de apuestas referidos, lo que “implica transparentar la manera en que fueron otorgados y modificados los permisos de mérito”.
Por ello propuso al pleno del Ifai revocar la reserva invocada por la Segob, instruirle a entregar la totalidad de la información y realizar una nueva búsqueda exhaustiva en la Dirección General de Juegos y Sorteos, para tener certeza plena de proporcionar al particular la totalidad de la documentación requerida.

Fuente Proceso

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