Pedro Matías
OAXACA, Oax. (apro).- La Comisión Permanente de Derechos Humanos del
Congreso local solicitó hoy al secretario de Gobernación federal, Miguel
Ángel Osorio Chong, que declare la alerta de género en esta entidad
para garantizar la seguridad de las mujeres en el estado.
Mediante
un oficio entregado este lunes en las oficinas regionales de la
dependencia federal, los diputados locales Pável López, Flavio Sosa y
Marlene Aldeco pidieron a Osorio Chong actuar en su calidad de
presidente del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
Para argumentar su
solicitud, los legisladores citaron un informe civil donde documentaron
el asesinato de 220 mujeres en el estado durante los tres últimos años,
de los cuales 42 se han cometido de enero a la fecha.
“También de
diciembre de 2010 a la fecha se ha reportado la desaparición de 18
mujeres de entre 15 y 30 años de edad, en el mismo territorio estatal”,
exponen.
En el documento firmado por los diputados Pável López
Gómez y Flavio Sosa Villavicencio, ambos del Partido del Trabajo, y
Marlene Aldeco Reyes Retana, del Partido Acción Nacional, solicitan
acciones de emergencia para enfrentar los feminicidios en la entidad.
La
instancia legislativa pidió que, tras la declaratoria, conforme a lo
previsto en la ley, se desarrollen acciones gubernamentales de
emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en el
estado de Oaxaca, ya sea ejercida por individuos o por la propia
comunidad.
Advirtieron que la incertidumbre en la que viven las
mujeres del estado de Oaxaca, ante la posibilidad de ser agredidas en
cualquier momento, y de la misma forma ser secuestradas y asesinadas, es
de manera clara una perturbación a la paz social en el estado.
“Que
la mitad de la población, las mujeres, viva en la zozobra derivado del
ambiente generalizado de violencia, es definitivamente una perturbación
de la paz social”, puntualizaron.
Citaron que en el artículo 23 de
la Ley General de 2007 ordena que, tras la declaratoria de alerta, se
deberá dar seguimiento al caso; implementar acciones preventivas, de
seguridad y justicia para enfrentar y abatir la violencia feminicida, y
elaborar reportes especiales sobre el comportamiento de la violencia
contra las mujeres.
El mismo artículo prevé que se deberán asignar
los recursos presupuestales necesarios para actuar conforme a la alerta
de violencia de género contra las mujeres, así como hacer del
conocimiento público el motivo de la alerta y la zona territorial que
abarcan las medidas a implementar.
El artículo 24 establece que la
declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres se
emitirá cuando los delitos del orden común contra la vida, la libertad,
la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en
un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.
También
establece como requisitos que “exista un agravio comparado que impida el
ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres” y que “los
organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades
federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos
internacionales, así lo soliciten”.
Fuente Proceso
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