jueves, 27 de junio de 2013

Ordenan a la Segob informar sobre indemnizaciones de muertes causadas por la PF



MÉXICO, D.F. (apro).- El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Ifai) ordenó a la Secretaría de Gobernación (Segob) informar a un particular sobre las indemnizaciones que fueron entregadas durante el gobierno de Felipe Calderón a deudos de personas cuyas muertes fueron responsabilidad de la Policía Federal (PF).
La relación deberá incluir nombre de la persona a la que se le otorgó la indemnización, fecha y lugar del incidente que generó el pago, fecha de entrega-recepción del pago, monto y versión pública del documento que avale que la indemnización fue recibida.

Además, debido a que en dos ocasiones la Segob argumentó al particular que la información era inexistente —el Ifai encontró datos en boletines y recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) relacionados con la solicitud— el órgano resolvió dar parte al Órgano Interno de Control (OIC) de la Segob, con el fin de que investigue la actuación de funcionarios que presuntamente ocultaron información, actuaron con dolo, negligencia o mala fe.
El caso fue atendido por la comisionada Maria Elena Pérez-Jaén Zermeño, quien tuvo que llevar a cabo dos diligencias con la Segob para demostrar que sí existía la información solicitada.
Durante la primera audiencia Pérez-Jaén refirió a la Segob que encontró cuatro recomendaciones de la CNDH dirigidas a la entonces Secretaría de Seguridad Pública en las que se indicaba el pago de indemnizaciones a nueve personas.
De esas recomendaciones, la Segob encontró los comprobantes de entrega de apoyo económico que contienen: nombre de las personas que recibieron la indemnización, fecha de la entrega, monto recibido, lugar y fecha del incidente que dio origen a la indemnización, así como el nombre, firma y huella de quienes recibieron el pago.
Tras la segunda audiencia, la Segob informó que realizó una “nueva búsqueda exhaustiva” y que encontró siete casos adicionales en los que se otorgó apoyos económicos a civiles por parte de la entonces SSP.
Sin embargo, refirió que los nombres de los indemnizados, las firmas autógrafas, las huellas digitales, el nombre de las instituciones crediticias, los números de cuentas bancarias de los indemnizados y el Reconocimiento Óptico de Caracteres (OCR por sus siglas en inglés) contenido en el reverso de la credencial de elector era información “confidencial y reservada”, ya que se trata de datos personales y su difusión podría poner riesgo la integridad, e incluso, la vida de sus titulares.
Luego de realizar el análisis jurídico del caso, Pérez-Jaén señaló que si bien la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) considera como información confidencial los datos personales, en este caso “el dar a conocer el nombre de los indemnizados tiene como finalidad que la sociedad tenga conocimiento, por un lado, de la correcta actuación de la extinta SSP y por el otro, que se conozca al sujeto legitimado para reclamar el pago”.
Además, refirió que la Ley General de Víctimas no indica expresamente que el nombre de las personas indemnizadas deba ser clasificado como confidencial y al Ifai le corresponde determinar si se está en alguno de los supuestos de clasificación que la ley estipula.
No obstante, Pérez-Jaén determinó que dar a conocer el nombre y el monto del apoyo otorgado y algún otro dato proporcionado en el comprobante de apoyo económico, sí podría poner en riesgo la seguridad o vida de las personas indemnizadas.
Por ello, la comisionada propuso confirmar la clasificación de la información bancaria de las personas indemnizadas y el OCR de la credencial de elector con que se identificaron, así como cualquier otro dato que permita asociar al beneficiario de la indemnización con el monto que le fue entregado.
En cambio ordenó a la Segob proporcionar al particular el nombre y firma de la persona que recibió el apoyo económico, el nombre de las personas que fueron indemnizadas y hacer una nueva búsqueda exhaustiva de la totalidad de los comprobantes de apoyo económico que obren en sus registros, además de los 11 que surgieron durante el proceso de solicitud de información.
Finalmente, el Ifai determinó dar vista al OIC de la Segob para que investigue a los funcionarios que atendieron la solicitud quienes presuntamente ocultaron información, actuaron con negligencia, dolo o mala fe, al declarar de forma reiterada la inexistencia de la información.
En caso que se acredite la responsabilidad de algún funcionario, solicitó a la Segob iniciar los procedimientos de responsabilidad que correspondan.

Fuente Proceso

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