PUEBLA, Pue. (apro).- La coalición Puebla Unida, que integran PAN,
PRD, Nueva Alianza y Compromiso por Puebla, presentó una denuncia en
contra de Enrique Agüera Ibáñez, candidato priista a la alcaldía de esta
capital, por supuesto peculado y coacción del voto, informó el senador
panista Javier Lozano.
El también portavoz de Puebla Unida dijo que la acusación por
peculado en contra del exrector se refiere a la supuesta utilización de
recursos de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) para
promover su imagen y posicionar el eslogan de “Sólo buenos resultados”,
que actualmente usa en su campaña.
Mientras que la denuncia por coacción del voto, presentada ante el
Ministerio Público, se relaciona con la entrega de vales por una
tonelada de cemento a cambio de votos, en la cual también estaría
involucrado el candidato del PRI a diputado local por el distrito 14,
Víctor Manuel Giorgana.
Lozano Alarcón advirtió que la coalición Puebla Unida reúne pruebas
para presentar otra denuncia en contra de Agüera Ibáñez por supuesto
enriquecimiento ilícito.
El martes pasado, el exdirigente nacional del PAN, Manuel Espino,
igual presentó una denuncia ante la Procuraduría General de Justicia del
Estado (PGJE) en contra del panista Antonio Gali Fayad, candidato de
Puebla Unida, Antonio Gali Fayad, también por presunto enriquecimiento
inexplicable.
Asimismo, la coalición 5 de Mayo, formada por PRI y PVEM, interpuso
una queja ante el Instituto Estatal Electoral (IEE) para demandar la
remoción del consejero presidente Armando Guerrero.
Silvino Espino Herrera, representante de la coalición ante el Consejo
Electoral, señaló que existen elementos para remover a Guerrero
Ramírez, luego de que el fin de semana anterior declaró ante un medio
local que existía la posibilidad jurídica de que, previo a las
votaciones del 7 de julio, los aspirantes a diputados y alcaldes
renunciaran y transfirieran sus votos a otro candidato.
Espino Herrera sostuvo que con estas declaraciones infundadas el
consejero presidente del IEE rompe con los principios de legalidad,
imparcialidad, certeza, independencia y objetividad que deben regir la
organización de los procesos comiciales.
También mencionó que la destitución estaría basada en el artículo 173
del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado, el cual
señala que los consejeros serán cesados cuando incurran en conductas
graves que sean contrarias a los principios que rigen la función de
organizar las elecciones estatales.
Fuente Proceso
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