miércoles, 24 de julio de 2013

Ordena el IFAI a la PGR informar sobre casos de tortura



MÉXICO, D.F., (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) dar cuenta del número de averiguaciones previas iniciadas por del presunto delito de tortura y cuántas de éstas culminaron en el ejercicio de la acción penal.
La información deberá especificar las autoridades acusadas en cada una de las averiguaciones previas y cuántas de estas averiguaciones fueron desechadas.
Los datos fueron solicitados por una particular a la PGR pero la dependencia declaró la inexistencia de la información al señalar que no localizó
averiguaciones previas o actas circunstanciadas por el delito de tortura en el Sistema Institucional de Información Estadística y el Libro de Gobierno.
Inconforme, el recurrente interpuso un recurso de revisión ante el Ifai en el que argumentó que en un informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigido al Comité Contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el cumplimiento de la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en México, se detectaron y documentaron diversos casos de tortura.
El recurso de revisión fue turnado al comisionado Ángel Trinidad Zaldívar. Durante la etapa de alegatos, la PGR reiteró su respuesta inicial.
Al realizar el análisis jurídico del caso el comisionado ponente hizo una revisión de información pública relacionada con el tema y encontró que en su Informe de labores de 2012 la PGR dio a conocer que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, consignó 33 averiguaciones previas, entre las que se encuentran incluidas aquellas iniciadas por el delito de tortura.
Por ello Trinidad Zaldívar, concluyó que la dependencia no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y determinó revocar la respuesta de la PGR e instruirle a realizar una nueva búsqueda exhaustiva en todas las unidades administrativas competentes, a fin de entregar la información a la solicitante.

Fuente Proceso

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